CHOLULA.- La aplicación de la reforma de subcontratación ha generado múltiples dudas, especialmente en el sector de tiendas de autoservicio, por lo que para ayudar a todos los empresarios, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) presentó una nueva guía para cumplir con el registro en el Registro de Empresas de Servicios Especializados (Repse).
De acuerdo con el documento, el objetivo es fortalecer el empleo, “eliminando las prácticas que dañan los derechos laborales de las personas trabajadoras y que disminuyen las obligaciones de los patrones”, por lo que importante orientarlos para saber cómo actuar.
No obstante, para los trabajadores de promotoría, que se realiza en un centro de trabajo para un tercero, no existía claridad en quién tendría que ser el patrón, lo que, en los últimos meses, ocasionó que se diera de baja a un número importante de trabajadores y se contratarán otros de manera directa, pero con un menor salario.
De ahí, la autoridad tomó la decisión de publicar nuevas guías para dar cumplimiento en el que establece que “aquellas personas físicas o morales vinculadas a la publicidad, marketing, difusión de productos o marcas, deberán contar con el Repse y entregarlo a aquellas, en favor de las cuales se proporcione o ponga a disposición personal (marcas, tiendas o canales de venta físicos)”.
Asimismo, establece que las empresas que ofrezcan este servicio como especializado, deberán contar con el Repse. “Dicho personal no deberá realizar actividades que formen parte del objeto social o actividad preponderante del centro de trabajo donde desarrollan sus actividades”.
En el documento aclara que si se pone en disposición de un tercero personal, éstas deberán circunscribir su actividad al objeto del contrato, sin que puedan realizar actividades propias del contratante, de lo contrario se actualizaría el supuesto de la subcontratación prohibida por la Ley.
Cabe recordar que el 1 de septiembre entran en vigor todas las disposiciones relacionadas con la Ley del Impuesto Sobre la Renta y la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado; y ningún contratante y contratista de servicios puede adquirir/comercializar servicios de subcontratación de personal.
Compromiso con Resultados *JMR … Aquí y Ahora. Agradezco sus correos y comentarios estratega.jmr@gmail.com Oficinas en la 6 Poniente N° 922-A