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Por: C.P. Blanca Rosa JUÁREZ XELO
CHOLULA.- Comprobantes Fiscales Digitales. La transformación digital está a la orden del día, por lo que resulta indispensable estar informados respecto de las nuevas tecnologías que faciliten nuestra vida cotidiana, ya sea en el ámbito personal o profesional.
Es así que, el uso de herramientas tecnológicas en todo tipo de instituciones y organizaciones, públicas y privadas, ha permitido que la información fluya rápidamente a todos los niveles, de tal forma que permite la toma de decisiones oportunas y se alcance mayor eficacia en los procesos y metas organizacionales.
La autoridad fiscal no es la excepción al hablar de tecnología, ya que desde el año 2010 comenzó la transición de las facturas impresas al uso de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI´s), haciéndose obligatoria la facturación electrónica a partir de 2014.
Al inicio de esta transición tecnológica, sólo existían tres tipos de comprobantes: ingresos, egresos y nómina, sin embargo, con el objeto de tener un mayor control de la información fiscal y vigilar el correcto cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes se implementaron 3 tipos de comprobantes más: traslado, recepción de pagos y retenciones e información de pagos.
A continuación se explica la función de cada uno de ellos y el momento de emisión:
- Ingreso: Amparan el ingreso obtenido por una persona, sea física o moral, y se emite al momento de efectuar una venta o prestar un servicio. De manera general y de acuerdo al Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, una vez realizada la operación se debe emitir el comprobante en un plazo de 24 horas para enviarlo al Servicio de Administración Tributaria (SAT) o proveedor autorizado, para que este a su vez lo certifique en un plazo de 72 horas.
- Egreso: También conocido como nota de crédito, este tipo de comprobantes amparan devoluciones, descuentos y bonificaciones, restan a un comprobante de ingresos y su emisión debe realizarse en el momento en que se efectúa la disminución del ingreso, identificando en el apartado correspondiente el CFDI de origen con el cual se vincula.
- Traslado: Este tipo de comprobante es usado para acreditar la tenencia o posesión legal de mercancías en su traslado en carreteras nacionales, como su nombre lo indica debe ser emitido en el momento en que los bienes o mercancías se transporten de un lugar a otro, ya sea por el propietario de las mercancías o, en caso de contratar un servicio de transportación o flete, el encargado del servicio debe expedir el comprobante correspondiente, o en su defecto, una carta porte que se utiliza para el mismo fin.
- Recepción de pagos: Comprobante que se emite para incorporar los datos correspondientes al pago cuando se recibe la contraprestación por una operación pactada en parcialidades o en el caso de que el pago se reciba de manera posterior a la emisión del comprobante de ingreso y que debe vincularse con el comprobante 0de origen de la operación. Debe emitirse a más tardar el décimo día del mes siguiente al que se recibe el pago.
- Nómina: Se utiliza para comprobar el pago por concepto de remuneraciones por sueldos y salarios y asimilados. El empleador es quien tiene la obligación de emitir este tipo de comprobante a sus trabajadores dentro del plazo de 3 a 11 días posteriores al pago, sin embargo, dependerá del número de trabajadores bajo su mando.
- Retenciones e información de pagos: Se expiden en las operaciones en las cuales se realizan retenciones de impuestos. No es un tipo de comprobante aislado, toda vez que la información de las retenciones se incluye en los comprobantes de ingreso, sin embargo, se deben señalar los datos correspondientes, ya que sirven como constancia de las retenciones realizadas por terceros en el caso de la prestación de servicios profesionales, arrendamiento u operaciones con residentes en el extranjero.
Además existen otro tipo de comprobantes que se emiten en operaciones especiales y con características específicas, como pueden ser donativos u operaciones de comercio exterior, por lo que es importante conocer los efectos fiscales de cada uno para utilizarlos correctamente, además de solicitar la emisión oportuna que nos permita aprovechar la deducibilidad de algunos y mantener comprobadas todas las operaciones.
Todos los tipos de comprobante deben contener los datos fiscales del emisor y receptor, así como la clave del producto o servicio específico que ampara y los correspondientes a la forma y fecha de pago, lo cual permitirá tener un mejor control de las transacciones.
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