“Profesionales comprometidos con el éxito de nuestros clientes”
Por: Lic. Román Juárez Xelo
CHOLULA.- ¿Conoces tus prestaciones laborales?.- Con la contingencia del COVID-19 muchas empresas y negocios, desafortunadamente entraron en una crisis financiera por lo que se vieron en la necesidad de recortar su personal, sin embargo muchas de ellas aprovechándose de la ignorancia de los trabajadores han violentado sus derechos laborales pues desconocen sus prestaciones, aunado a que apenas hace unos cuantos días la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla se reincorporó a sus actividades, desafortunadamente propicia un rezago en esta materia, es por eso que el día de hoy exponemos las prestaciones que todo trabajador debe tener de su patrón, por lo que procedemos a explicar brevemente cada una de ellas para que tú, como trabajador, que actualmente estas laborando o que desafortunadamente en esta contingencia perdiste tu empleo puedas reclamar, prestaciones a las que tienes derecho por el simple hecho de ser trabajador.
Seguridad Social: todo trabajador tiene derecho a ser afiliado a una institución de salud, por ejemplo al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para recibir atención médica gratuita y tramitar incapacidades por enfermedad, maternidad, entre otras, si así lo requiere; estar inscrito al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y al Sistema de Ahorro para el Retiro y una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) para una jubilación.
Aguinaldo: que es el pago anual de 15 días de salario por un año completo laborando, de lo contrario, será la parte proporcional por el tiempo que lleves en la empresa.
Días de descanso: un día de descanso por cada 6 días laborados, además de los días de descanso obligatorios establecidos en la ley.
Vacaciones: un año laboral cumplido te permite gozar de por lo menos 6 días de vacaciones, los cuales tendrán un incremento gradual dependiendo de la antigüedad que como trabajador tengas.
Prima Vacacional: prestación que permite al trabajador un ingreso extra para disfrutar en sus vacaciones.
Prima dominical: si trabajas el domingo o en tu día de descanso sea o no un fin de semana, deberán pagarte 25 por ciento más de tu salario base.
Pago de Utilidades: tienes derecho a recibir una parte de las ganancias obtenidas por tu patrón en el año anterior que laboraste. El plazo para que recibas este pago es del 1 de abril al 30 de mayo si es una empresa y hasta el 29 de junio si es persona física.
Incapacidad por maternidad: si eres madre tienes derecho a un descanso de 6 semanas anteriores y 6 posteriores al parto sin dejar de percibir tu salario íntegro durante este período.
Licencia de paternidad: si eres padres también tienen derecho a disfrutar 5 días por paternidad al nacer tu hijo o en caso de adopción.
Licencia por adopción: madres trabajadoras tienen derecho a descansar 6 semanas si adoptan, para convivir con su hijo.
Lactancia: en período de lactancia, las mamás tienen derecho a dos reposos extraordinarios por día. Estos de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos. No deben descontar cantidad alguna a su salario.
Prima de antigüedad: si sumas 15 años o más de trabajo y decides terminar la relación laboral voluntariamente, deberás recibir un pago adicional de 12 días de salario por cada año trabajado.
Finiquito Laboral: en caso de renuncia tienes derecho a recibir el salario del periodo que trabajaste, parte proporcional de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, utilidades y la prima de antigüedad.
Liquidación: si sufres un despido injustificado, tienes derecho a recibir una indemnización constitucional: pago de 3 meses de salario, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, utilidades y prima de antigüedad (en su caso).
En este sentido si en tu trabajo no de brindan las prestaciones que por derecho te corresponden o fuiste despedido injustificadamente y tu anterior patrón no quiere respetar tus derechos, te invitamos a conocernos, acércate a AGER LEX los profesionales que te brindamos la mejor asesoría jurídica en materia laboral en esta nueva normalidad, no importa el tamaño de tu negocio, aquí te orientaremos profesionalmente defendiendo y haciendo valer tus derechos, pues aquí todos son importantes para nosotros, contáctanos en nuestras redes sociales Facebook e Instagram como AGER LEX Soluciones Empresariales, al WhatsApp al 22.22.80.20.56 y/o 22.26.73.65.13, o escríbenos al correo electrónico agerlexsolemp donde podrás agenda una citar en persona o de manera virtual para resolver todas tus dudas.
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