La Brújula de Cholollan

¡Por Navegantes perdidos!

CHOLULA.- En esta entrega amigos lectores, queremos hacer una mención sobre lo que está sucediendo en nuestra Cholula; los adelantados, suspirantes, aspirantes pre-precandidatos, y todos dicen traer la bendición de lo más arriba que nos podamos imaginar.

Sin embargo, la ley electoral vigente prohíbe la promoción personal por cualquier medio o publicidad y define Artículo 216 La campaña electoral es el conjunto de actividades realizadas por los partidos políticos, las coaliciones, en su caso, y las candidatas y candidatos que se registren para la obtención del voto. Serán actos de campaña las reuniones públicas, asambleas, mítines, marchas y, en general, los eventos en que los candidatos o voceros de los partidos políticos se dirigen al electorado para promover a sus candidatos.

Artículo 226 Propaganda electoral es el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que, durante la campaña electoral, producen y difunden los partidos políticos, las coaliciones, en su caso, las candidatas y candidatos registrados y sus simpatizantes con el propósito de presentar ante la ciudadanía las candidaturas registradas, propiciando la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los programas y acciones fijados por los partidos políticos en sus documentos básicos y, particularmente, en la plataforma electoral que para la elección en cuestión hubieren registrado.

Conste que ninguno de los supuestos que dice la ley se ha cumplido ni los registros. Aquí como hay muchos adelantados con un buen abogado que sepa derecho electoral se podrá tumbar o cancelar la candidatura por estos reiterados actos anticipados de campaña, muchos suspirantes se quieren salir por la tangente y ponen sus nombres con el pretexto de revistas pero lo que no entienden que su nombre se está promocionando; ahora bien muchos se ostentan como parte de la estructura de un partido, pero la ley electoral es clara no puede haber promoción personalizada ya que muchas estructuras partidistas no están registradas oficialmente o cuentan con un nombramiento oficial.

Ahora muchos piensan que serán nombrados automáticamente y saben ¿qué? No es así! la ley electoral prevé mecanismos para garantizar en primer lugar la equidad, la competitividad y la equidad de género esos tres tamices son una especie de coladera que los partidos van a enfrentar y muchos de los que se dicen ya con la bendición verán caer sus aspiraciones por el desconocimiento de las leyes electorales.

Les dejamos de tarea señores candidatos que se pongan a leer las leyes electorales y de cómo los partidos políticos hacen sus procesos de selección de candidatos y sobre todo como dar cumplimiento a la Ley Electoral del Estado de Puebla.

Hay tres preguntas básicas para estos suspirantes. Primera: Que partidos políticos y coaliciones son las más competitivas en el Municipio, Segunda: cómo se comporta el electorado con las nuevas propuestas o candidatos independientes y Tercera como dicen saber que para la siguiente elección del 2024 que Partido Siglará y que genero corresponde

Al municipio de San pedro Cholula. Con estas tres preguntas pretendemos darles un norte a muchos suspirantes que desde ya han comprado espejitos y promesas de algo que todavía no sucede y que está muy lejos de saberse toda vez que la ley electoral tiene sus tiempos y los Partidos políticos sus propios procesos.

Ahora que va a pasar si los hoy suspirantes por genero se determina que es mujer quien debe de representar al partido o coalición. Como saber el nivel de competitividad electoral por San Pedro Cholula ese dato según el partido determinará las posibilidades de que sea un genero u otro.

Si pretendes ser candidato la columna de la brújula Cholollan debes de leer, porque muchos son los adelantados, pero pocos van a ser los candidatos.

Cualquier comentario favor de escribir a brujulacholollan@gmail.com