SOLUCIONES EMPRESARIALES

“Profesionales comprometidos con el éxito de nuestros clientes”

Por: C.P. Blanca Rosa JUÁREZ XELO

DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA DEL ISR

CHOLULA.- ¿Sabías que este 2022 puedes obtener tu devolución del Impuesto Sobre la Renta de una forma más rápida? El Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes el Sistema Automático de Devoluciones con el que reduce el tiempo de devolución del saldo a favor.

Para ello las personas físicas deberán presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio 2021 a más tardar el 31 de julio de 2022, según lo establece la regla 2.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 en la que se detallan los requisitos para realizar en este medio la solicitud de devolución.

Para ello deberás considerar lo siguiente:

  • Si el importe del saldo a favor oscila entre $10,001. 00 a $150,000.00 deberás utilizar e.firma o firma portable
  • Podrás utilizar únicamente la contraseña cuando el importe de la devolución sea igual o menor a $10,000.00 y en caso de que sea mayor a $10,000.00 pero no exceda de $150,000.00, siempre que selecciones una cuenta bancaria a tu nombre a 18 dígitos (CLABE), que se encuentre precargada en el aplicativo para presentar la declaración anual, es decir que ya haya sido utilizada anteriormente
  • Indicar el número de cuenta CLABE a tu nombre como titular y activa, así como la denominación de la institución bancaria a la que corresponda y el importe sujeto a devolución

Es importante señalar que en los siguientes casos no podrás optar por esta facilidad:

  • Si en 2021 obtuviste ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión
  • Cuando el monto de la devolución sea superior a $150,000.00
  • Si el saldo a favor solicitado corresponde a ejercicios fiscales distintos al 2021
  • Cuando la solicitud de devolución se haya presentado con anterioridad vía formato electrónico de devoluciones (FED)
  • Cuando se trate de contribuyentes, cuyos datos estén publicados en el portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F.), que hayan recibido comprobantes fiscales (CFDI o facturas) expedidos por empresas o personas incluidos en los listados de contribuyentes que realizan operaciones inexistentes
  • Si solicitas la devolución con base en CFDI expedidos por empresas o personas incluidos en los listados de contribuyentes que realizan operaciones inexistentes
  • Si te cancelaron tu certificado de sello digital emitido por el SAT durante el ejercicio fiscal 2021

En caso de que no se autorice la devolución automática podrás solventar las inconsistencias detectadas a través de este sistema enviando los documentos que comprueben la existencia y procedencia del saldo a favor.

Es importante que al momento de presentar tu declaración anual verifiques los datos precargados y consideres los importes correspondientes a las deducciones personales que hubieses erogado para determinar correctamente tu saldo a favor.

Estas a tiempo de optar por esta facilidad y obtener tu saldo a favor rápidamente. Si tienes dudas o requieres asesoría para presentar tu declaración anual acércate con los profesionales de AGER LEX quienes te bridamos la mejor asesoría en temas de Dirección Empresarial y Comercial, Jurídicos, Administración, Contabilidad y Fiscal, quienes trabajan de la mano contigo para lograr tu éxito. Contáctanos a través de nuestro portal de internet www.agerlex.com, a través de nuestras redes sociales Facebook e Instagram como AGER LEX Soluciones Empresariales, al WhatsApp al 22.22.80.20.56 y/o 22.26.73.65.13 o escríbenos al correo electrónico contacto@agerlex.com donde podrás agendar una cita en nuestras oficinas ubicadas en 25 Oriente con esquina de la Privada 6A Sur, número 615, Puebla, Pue. o si lo prefieres te atenderemos de manera virtual vía Zoom para resolver todas tus dudas.