* El nuevo Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, solo permitirá mostrar una lista de productos con sus precios, sin logotipos o marcas
MÉXICO.- A partir del domingo 15 de enero, estará prohibido exhibir productos elaborados con tabaco, como cigarros, en todos los puntos de venta del país. Esto, al entrar en vigor las reformas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, publicadas el pasado 16 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El nuevo reglamento solo permitirá mostrar una lista de productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas. También se prohíbe todo tipo de publicidad de cigarros, ya sea en medios de comunicación, redes sociales, por correo electrónico, u otra vía.
Establece también que las zonas exclusivas para fumar sólo podrán estar al aire libre y en ellas no se podrá vender alimentos o bebidas ni brindar otros servicios. En éstas se tendrá prohibida la presencia de infantes y adolescentes. Igualmente estará prohibido fumar en espacios de concurrencia colectiva como playas y centros de espectáculos, entre otros.
Denuncian posibles afectaciones a pequeños negocios
Cabe señalar que el jueves, organismos empresariales aseguraron que las nuevas disposiciones afectarán económicamente a los pequeños negocios. De acuerdo con la Asociación Nacional de Pequeños Comerciantes, la venta de cigarros representa al menos el 25 por ciento de las ventas mensuales de esos negocios.
Si los establecimientos no cumplen con la Ley General para el Control del Tabaco podrán ser clausurados. Y las personas responsables podrían ser multadas y arrestadas hasta por 36 horas.
El Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco reconoce que una prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio reduciría el consumo de productos de tabaco.