* Entra en vigor el 15 de enero de 2023; contempla la prohibición de toda forma de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco
MÉXICO.- Se prohíbe la exhibición directa o indirecta de productos elaborados con tabaco en puntos de venta. Se amplía protección a niñas, niños y adolescentes contra exposición al humo de tabaco y emisiones.
Con las modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, publicadas el pasado 16 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), México se posiciona como el quinto país de América en prohibir la exhibición de productos de tabaco en puntos de venta, como medida de salud pública.
El nuevo reglamento contempla la prohibición de toda forma de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, a través de cualquier medio de comunicación y difusión, incluida la exhibición directa e indirecta de los productos del tabaco en puntos de venta.
También se amplían los espacios cien por ciento libres de humo y emisiones en cualquier lugar de trabajo, espacios de concurrencia colectiva como plazas, parques, playas, estadios, así como en el transporte público y las escuelas en todos los niveles educativos, incluidas las universidades.
Las nuevas disposiciones del reglamento, que se encuentran disponibles en bit.ly/3jiJqxx, aseguran mayor grado de protección de la salud de las personas y privilegian el interés superior de la niñez, mediante la aplicación de medidas que permiten la reducción de la demanda del tabaco y la nicotina, promueven la desnormalización del consumo y generarán grandes beneficios a la salud pública.
Las nuevas previsiones fueron propuestas por la Secretaría de Salud con base en la mejor evidencia científica disponible y en las mejores prácticas internacionales, emanadas del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, del cual México es parte desde 2004.
Se prevé que, en un horizonte de 10 años, con estas medidas se eviten más de 49 mil muertes prematuras y 292 mil nuevos casos de enfermedades asociadas al tabaquismo. También que se generen ahorros al erario por más de 155 mil millones de pesos anuales. Actualmente, en México los gastos de atención médica atribuibles al tabaquismo se calculan en más de 116 mil millones de pesos cada año.
Con el nuevo reglamento, que entra en vigor a partir del 15 de enero de 2023, se cierran las brechas en el marco legal vigente, ya que se reglamentan las nuevas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco que se publicaron el 17 de febrero de 2022 en el DOF https://bit.ly/3NIrtlU.