Hándicap Político

Solicitan investigar uso indebido de la Bandera de México en Secretaría de Relaciones Exteriores en Puebla

SAN ANDRÉS.- Este jueves, ciudadanos en redes sociales solicitaron en diferentes medios de comunicación, al Secretario, Marcelo Ebrard Casaubon, Secretario de Relaciones Exteriores,  sea investigado, sancionado o  enmendado, el acto realizado en l delegación Puebla  que en una de las oficinas de pasaportes que dirige Sandra González De Yta  y como se muestra en  sus redes sociales con la liga en WEB:

https://www.facebook.com/sandra.deyta.39  https://www.facebook.com/photo/?fbid=2236485883181210&set=pcb.2236480363181762, misma que han sido solicitada por ciudadanos comprometidos con los valores y el respeto a nuestras instituciones y símbolos patrios o de justificar este acto, informar para que la población esté atenta a  las normas de acción emprendidas en temas referentes.

La difusión de una china poblana en las instalaciones de la Secretaria de Relaciones Exteriores en Puebla  donde, se muestra el uso de la bandera para otros fines contraponiendo la normatividad en la materia y de no ser así  explicar este acto.

Sabemos de antemano que Código Penal Federal, Libro Segundo, Título Sexto – Delitos contra la Autoridad, Capítulo V – Ultrajes a las Insignias Nacionales“el artículo 192 dice  que el uso indebido de los símbolos nacionales tendrá una sanción de tres días a un año de prisión y multa de 25 a 1,000 pesos. Pero en ninguno de los dos artículos menciona de manera explícita en qué consiste el ultraje o el uso indebido”, además de estar  faltando a la LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES donde  el capítulo  “ARTÍCULO 3o.- La Bandera Nacional consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir del asta: verde, blanco y rojo. En la franja blanca y al centro, tiene el Escudo Nacional, con un diámetro de tres cuartas partes del ancho de dicha franja. La proporción entre anchura y longitud de la bandera, es de cuatro a siete. Podrá llevar un lazo o corbata de los mismos colores, al pie de la moharra.

Art. 5 y sexto, capítulo séptimo, “ARTÍCULO 56.- Las contravenciones a la presente Ley que no constituyan delito conforme a lo previsto en el Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común, y para toda la República en materia de fuero federal, pero que impliquen desacato o falta de respeto a los Símbolos Patrios, se castigarán, según su gravedad y la condición del infractor, con multa hasta por el equivalente a doscientas cincuenta veces el salario mínimo, o con arresto hasta por treinta y seis horas. Si la infracción se comete con fines de lucro, la multa podrá imponerse hasta por el equivalente a mil veces el salario mínimo. Procederá la sanción de decomiso para los artículos que reproduzcan ilícitamente el Escudo, la Bandera, o el Himno Nacionales”.

Como se cita en diversos medios informativos y de normatividad, “A diferencia de otras naciones que se permite usar su bandera en ropa, trajes de baño, y demás indumentaria. En México no se permite dar este uso a la bandera nacional, ya que el Código Penal Federal lo considera como ultraje al escudo y bandera.

Evita que se use la bandera como ropa | Fuente: Especial

Si bien, la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y el Código Penal Federal no detalla de manera explícita los usos prohibidos de a bandera, será la Secretaría de Gobernación que remita el caso ante un juez para determinar el castigo que se impone, que puede aplicarse multas mayores a $3 mil pesos y hasta cuatro años de prisión.

Finalmente, el punto de usar los una bandera en nuestra casa, coche o negocio, así como ondearla en estas fiestas debe hacerse con respeto y recordar que el propósito de estas celebraciones el significado de los símbolos que dan identidad a nuestro país, el orgullo de ser mexicanos, la lucha por un México soberano, así como convivir en familia”.

Motivo por el cual no se duda en un solo momento, del canciller tome medidas y actuar conforme a lo conducente a fin de prevalecer el estado de derecho y el respeto a todas las instituciones públicas y  símbolos patrios que enaltecen nuestra patria y nuestro compromiso siempre, de no anteponer los intereses  personales al de las mayorías en una efervescencia de fiestas patrias, que  denigren y deshonran la educación, el respeto y la tolerancia a todos los mexicanos, indicaron.

Otros documentos:

https://www.senado.gob.mx/comisiones/defensa_nacional/docs/LEBHN.pdf

https://www.oinkoink.com.mx/noticias/3-usos-que-no-debes-darle-a-la-bandera-de-mexico-y-las-sanciones-a-pagar/