Propone Aurora Sierra establecer mecanismos de supervisión permanente y prevención de la discriminación en los entes públicos

PUEBLA.- Durante la Sesión Pública Ordinaria del H. Congreso del Estado, llevada a cabo este jueves, la diputada Aurora Sierra Rodríguez, representante del distrito 18, presentó una iniciativa de reforma a la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado Libre y Soberano de Puebla para que los entes públicos promuevan y diseñen mecanismos de supervisión permanente para prevenir que el personal ya contratado sea discriminado por razón de edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra su dignidad humana.

La discriminación laboral plantea importantes obstáculos para la convivencia y el bienestar social. Este problema tiene un hondo impacto en la sociedad, ya que cualquier empleado que se siente discriminado experimenta un considerable sufrimiento psicológico, por lo que son más propensos a padecer trastornos como crisis nerviosas, insatisfacción personal o depresión.

La diputada local durante su intervención, señaló cifras alarmantes para nuestro estado, pues nuestra entidad federativa desafortunadamente se ubicó en el primer lugar nacional en discriminación laboral, debido a que el 28% de la población mayor a 18 años declaró haber sido discriminada por algún motivo o condición, según lo reveló la Encuesta Nacional sobre la Discriminación 2017 presentada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Las causas más comunes de discriminación fueron por el tono de piel, por su peso, estatura, forma de vestir, su clase social, creencias religiosas, sexo, edad u orientación sexual, puntualizó que de ahí la importancia de esta reforma.

De igual forma, durante la sesión, Sierra Rodriguez presentó ante el pleno una iniciativa para reformar las fracciones VII y VIII y adicionar la fracción IX al artículo 146 para que en la Ley Estatal de Salud quede establecido el uso de cubrebocas de manera obligatoria como medida preventiva y de control en caso de que se contraigan enfermedades transmisibles que requieren vigilancia epidemiológica como el caso del COVID-19 y enfermedades futuras y así contar con un marco legal para evitar la transmisión de estas.