CHOLULA.- Para este 2023, se tendrán días feriados, puentes laborales y juntas de consejo técnico, los cuales se tendrán que estar dando a los trabajadores, por parte de sus patrones, y evitarse el ser demandados ante las instancias laborales.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores de México contarán con 7 días feriados oficiales.
A la par, los estudiantes de educación básica disfrutarán de un total de 12 días de descanso, entre los que se incluyen ‘puentes’ y juntas del Consejo Técnico.
1 de enero: Si trabajas ese día que cae en domingo, la empresa en la que trabajas debe pagar al triple. Te corresponde una prima dominical.
27 de enero: Junta del Consejo Técnico Escolar.
6 de febrero: Será el primer lunes del mes y corresponde a la celebración del Día de la Constitución.
17 de marzo: Junta administrativa, será un megapuente que va del 17 al 20 del mes.
20 de marzo: Cae en el tercer lunes del mes y corresponde a las celebraciones del natalicio de Benito Juárez.
28 de abril: Junta del Consejo Técnico Escolar.
1 de mayo: Será lunes, por lo que habrá puente ese fin de semana.
26 de mayo: Junta del Consejo Técnico Escolar.
30 de junio: Junta del Consejo Técnico Escolar.
16 de septiembre: Aunque la fecha cae en sábado, se trata de un descanso obligatorio, y si te toca trabajar deberán pagártelo doble.
20 de noviembre: Será el tercer lunes de noviembre y corresponde a la conmemoración de la Revolución Mexicana.
25 de diciembre: Será lunes, por lo que habrá puente en ese fin de semana.
El periodo vacacional de Semana Santa en 2023 iniciará el domingo 2 y concluirá el domingo 9 de abril.
Sin embargo, los trabajadores del país tendrán que laborar estos días, ya que la Ley Federal del Trabajo no considera el jueves y viernes santo (6 y 7 de abril) como días de descanso obligatorio.